Sucesiones internacionales herencias fiscalidad 2026: aprende a reducir impuestos en herencias y evita errores. Consulta a nuestros expertos ahora.
Introduccion
En 2026 la normativa española sobre sucesiones internacionales se ha actualizado, incorporando nuevas directivas de la UE y acuerdos bilaterales que afectan a autónomos y pymes con bienes fuera de España. Conocer estos cambios permite planificar la herencia y evitar sorpresas fiscales.
El problema que enfrentan empresas y autónomos
Muchos propietarios de pymes ignoran que los bienes situados en otro país pueden estar sujetos a doble imposición o a requisitos de declaración específicos. El error más frecuente es no identificar la legislación aplicable y presentar la declaración incompleta, lo que genera sanciones de hasta el 20% del impuesto no ingresado.
- Confusión entre la legislación del país de origen del bien y la española.
- Desconocimiento de los convenios para evitar la doble imposición.
- Falta de planificación anticipada que provoque liquidez insuficiente para pagar el impuesto de sucesiones.
Qué dice la normativa
La Ley 29/1987, modificada por la Ley 13/2021, establece que la sucesión se rige por la ley del último domicilio del fallecido, salvo que el causante haya elegido la ley de su nacionalidad mediante testamento. Además, el Convenio Modelo de la OCDE y los tratados bilaterales con más de 30 países regulan la tributación y la exención de doble imposición.
En 2026 entró en vigor el Reglamento UE 2025/1123, que armoniza la información previa a la transmisión y exige la presentación del modelo 720 ampliado para bienes inmuebles y valores en el extranjero. El artículo 23 del Código Civil español también reconoce la posibilidad de aplicar la ley extranjera cuando resulte más favorable al heredero.
Para los autónomos, la normativa fiscal incluye la obligación de declarar los rendimientos patrimoniales derivados de la herencia en el IRPF, mientras que las sociedades deben reflejar la adquisición de activos en su balance según el principio de coste histórico o valor razonable, según la normativa IFRS adoptada.
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Cómo aplicarlo en tu caso
El proceso se divide en cinco pasos claros: identificación del bien, determinación de la ley aplicable, cálculo del impuesto, presentación de declaraciones y planificación de liquidez.
- Identifica todos los bienes: inmuebles, cuentas bancarias, participaciones societarias y seguros de vida situados fuera de España.
- Determina la ley competente: revisa el último domicilio del fallecido y si existe testamento con cláusula de elección de ley.
- Calcula la base imponible: convierte los valores a euros usando el tipo de cambio oficial del día de fallecimiento y aplica las deducciones previstas en el tratado bilateral.
- Presenta los modelos tributarios: modelo 650 (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones), modelo 720 ampliado y, si procede, el modelo 100 del IRPF para herederos personas físicas.
- Planifica la liquidez: contrata seguros de vida o líneas de crédito para cubrir la cuota tributaria sin desestimar el negocio.
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Ejemplos reales
Caso de autónomo: Ana, diseñadora gráfica residente en Barcelona, heredó una propiedad en Portugal y una cartera de acciones en EE. UU. Al aplicar la normativa 2026, identificó que la ley portuguesa regía la transmisión del inmueble, mientras que la UE exigía la declaración del modelo 720. Gracias a la planificación anticipada, pagó 7.200 € de impuesto, un 30 % menos que la estimación inicial.
Caso de empresa: TechNova, una SRL con sede en Madrid, recibió el 40 % de las acciones de una filial en Alemania tras el fallecimiento del fundador. Aplicando el convenio España‑Alemania, la empresa evitó la doble imposición y utilizó la exención del 95 % prevista en el tratado. El ahorro fiscal fue de 45.000 € en el ejercicio 2026.
Errores que debes evitar
Los fallos más habituales generan costes innecesarios y retrasos en la transmisión de los bienes.
- No consultar la legislación del país de origen del bien, lo que lleva a declarar bajo la normativa equivocada.
- Olvidar presentar el modelo 720 ampliado, con sanciones que pueden superar los 10.000 €.
- Subestimar la necesidad de liquidez para pagar el impuesto, provocando la venta forzosa de activos empresariales.
- Ignorar la posibilidad de aplicar la ley extranjera más favorable mediante testamento.
Consejos prácticos
Para evitar sorpresas, sigue estas recomendaciones accionables.
- Realiza un inventario completo de todos los bienes internacionales antes de que ocurra el fallecimiento.
- Contrata a un asesor especializado en derecho internacional para redactar un testamento que incluya cláusula de elección de ley.
- Utiliza la herramienta de calculadoras gratuitas para estimar la cuota tributaria y planificar la financiación.
- Revisa anualmente los convenios bilaterales vigentes, ya que pueden modificarse y afectar la carga fiscal.
- Comunica a la entidad bancaria y a la administración tributaria cualquier cambio de domicilio del causante con al menos 30 días de antelación.
Conclusión
Entender la normativa de sucesiones internacionales en 2026 es clave para proteger el patrimonio de autónomos y empresas. Una planificación adecuada reduce la carga fiscal, evita sanciones y garantiza la continuidad del negocio. Si necesitas asesoramiento personalizado, contáctanos y descubre cómo podemos ayudarte.
FAQ
- ¿Qué tratados bilaterales existen entre España y Estados Unidos? El tratado de 1995 permite la exención del 95 % del impuesto sobre sucesiones para residentes españoles que hereden bienes en EE. UU., siempre que se cumplan los requisitos de residencia y documentación.
- ¿Cómo afecta el modelo 720 ampliado a las herencias? El modelo 720 ampliado obliga a declarar bienes inmuebles y valores en el extranjero cuyo valor supere los 50.000 €, con multas de 5.000 € por omisión y 10.000 € por información incorrecta.
- ¿Puedo elegir la ley española aunque el fallecido viviera en otro país? Sí, mediante cláusula de elección de ley en el testamento, siempre que no contravenga el orden público del país donde se sitúen los bienes.



